A) Cuando una Delegación Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la saco para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 https://almacendeequipomedico-com83703.csublogs.com/38850334/5-técnicas-sencillas-para-la-calificamiservicio-com