) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos. 1. La instalación de equipos y sistemas a los que se refiere este Reglamento se realizará por empresas instaladoras, debidamente habilitadas en presencia de el órgano competente de https://red-contra-incendios-acce48360.blogunok.com/36302069/red-contra-incendios-cali-fundamentos-explicación