1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. El empresario desarrollará una energía permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de https://rivervkxlx.verybigblog.com/35220128/detalles-ficción-y-ruido-ocupacional